Derechos Ambientales

Wolfang Sachs
Mercabá, 9 febrero 2026

        La política de la sustentabilidad exige un apoyo político continuo. ¿Cómo se puede lograr esto? Una visión estratégica podría separar los dos enfoques existentes, y trabajar con cada uno por su lado, para ganar su apoyo.

        Los que son escépticos del potencial de las contribuciones ciudadanas promueven la educación pública, la cual apunta a habilitar a los no expertos para confiar y apreciar las opiniones especializadas.

        Dichos escépticos (o estatalistas) demandan mayor creación de conciencia pública desde arriba, nuevos y mejores enfoques para la gestión de la percepción pública, y grandes campañas de propaganda ambiental. De ahí que promuevan diálogos entre el gobierno, el sector privado, las ONG y la academia, desde la mera racionalidad y eficiencia de sus expertos.

        Sin embargo, existen problemas en términos de la legitimidad y los intereses de los expertos. La pretensión de tales diálogos es reemplazar el establecimiento de reglas y funciones de monitoreo de los estados.

        Estos elementos, junto a la debilidad económica, y a la dependencia de las ONG y los desafíos a su legitimidad, pueden desestabilizar seriamente el interés público. Una pérdida de credibilidad sería la pérdida del activo más importante de la sociedad civil.

a) Extender la Convención de Arhus

        Dicha Convención aboga por reconocer a los ciudadanos como verdaderos soberanos de los estados, como camino hacia una verdadera participación pública y profundización democrática. En concreto, explica que, para lograr la sustentabilidad, el único sistema creíble y apoyado políticamente a largo plazo sería una instancia pública activa basada en los derechos ciudadanos.

        Cuando la información y la participación son restringidas devienen en democracias burocráticas o de élite, donde unos pocos poderosos deciden políticas que sólo reflejan sus propios intereses. Los balances suelen inclinarse a favor de la mantención del secreto, particularmente cuando las ganancias económicas son altas.

        Los estados deben reconocer su obligación de promover el acceso justo y equitativo a y la defensa de los derechos ciudadanos para toda la ciudadanía. Una vez establecidos, esos derechos otorgarán a los actores sociales el poder de interactuar con credibilidad y seriedad.

        Yo creo que, para fortalecer los derechos ciudadanos y mejorar la participación pública, se necesita un convenio legalmente vinculante. Éste podría basarse en los instrumentos actuales, como:

-el art. 1 de la Declaración de Estocolmo, sobre el medio ambiente humano,
-el art. 10 de la Declaración de Río, sobre el medio ambiente natural,
-los convenios regionales sobre evaluaciones transfronterizas, sobre impactos sobre la salud y el medio ambiente,
-los principios de prevención y precaución,
-los instrumentos internacionales legales, sobre la responsabilidad y retribución en el campo del medio ambiente y la salud,
-el Convenio de Basilea, los convenios de las COP, el Protocolo de Cartagena y la Convención sobre Diversidad Biológica.

        Especialmente, este acuerdo debería estar basado en el Convenio Arhus sobre el acceso a la información, la participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la justicia (que en la UE entró en vigencia en 2001).

        Este importante acuerdo apunta a hacer más transparentes y responsables los procesos de toma de decisiones ambientales. Aborda 3 temas: el derecho del ciudadano a la información ambiental, a participar en la toma de decisiones, a acceder a la justicia.

a.1) Derecho a la información

        Este derecho define que las autoridades públicas tienen obligación de poner a disposición del público la información sobre el medio ambiente y la salud, sin exigir un interés específico y un trámite formal, sin discriminar con respecto a ciudadanía, nacionalidad o residencia.

        Este derecho garantiza que las personas que ejerzan este derecho no puedan ser penalizadas, perseguidas o molestadas por hacerlo.

        El derecho a la información debería ser confrontado con leyes existentes que limitan su libre acceso, como la legislación colonial opresiva aún vigente, los secretos oficiales, los secretos comerciales, la legislación sobre confidencialidad de datos personales, la información comercial confidencial o los derechos de propiedad intelectual.

        El derecho a la información deberá ser sopesado con otros derechos legalmente protegidos.

a.2) Derecho a participar en la toma de decisiones

        Este derecho permite participar en todos los aspectos de la toma de decisiones y que los interesados propongan alternativas a las actividades propuestas.

        Este derecho pone a disposición de los consumidores información sobre productos, permitiéndoles tomar informadamente decisiones ambientales. Así, fomenta la participación de los consumidores en la toma de decisiones sobre los aspectos socioeconómicos y tecnológicos, vía sus canastas de compras.

        Finalmente, la interacción pública a nivel mundial movilizará la información necesaria para detener el vertido de desechos, los riesgos y otras formas de destrucción social y ambiental que afectan a los sectores más desprotegidos.

a.3) Derecho a acceder a la justicia

        Los ciudadanos deberían poder reclamar jurídicamente ante cualquier violación de sus derechos ambientales. Los procedimientos deberían ser expeditos, gratuitos o al menos de un precio razonable.

        Además, el público debería tener acceso a los procedimientos judiciales y administrativos para impugnar actos u omisiones por parte de personas privadas y autoridades públicas, los cuales contravienen la legislación ambiental nacional.

        Debería ser posible impugnar ante los tribunales las violaciones de la legislación ambiental nacional en sectores como la energía, el procesamiento y producción metalúrgica, la minería, la industria química y minera y sus instalaciones, la gestión de desechos, las industrias de papel, celulosa y curtido, la construcción de vías férreas, carreteras, infraestructura hídrica, embalses, conductos o la crianza industrial de animales.

        El Convenio Arhus también garantiza el derecho a la justicia en las cortes de otros países, cuando que se trate de daños transfronterizos. La vulnerabilidad a las demandas legales y la amenaza de multas costosas podrían servir en el futuro para impedir infracciones de la ley en el ámbito ambiental.

b) Poner en práctica una serie de principios

b.1) Principio de Prevención

        La prevención del daño es el mejor método de protección ambiental. Sin embargo, la prevención inmediata significa una pérdida de capital, mientras que la inversión rentable permite un aumento en capital con el tiempo.

        Mitigar el daño ambiental más tarde con el capital obtenido, a veces parece más rentable que las medidas tempranas de prevención. Pero ello sólo es cierto para personas con el dinero suficiente para responder y responsabilizarse en base a dichos cálculos.

        La prevención del daño es la base de las estrategias en pro de los pobres, pues los pobres no pueden pagar para revertir la destrucción ambiental, y tampoco pagar para proteger a sus hijos.

b.2) Principio de Precaución

        Es necesario tomar decisiones y realizar acciones para evitar la posibilidad de un daño ambiental serio o irreversible, incluso cuando el conocimiento científico es insuficiente. En el caso del Principio de Precaución, se trata de la toma de decisiones responsables, a pesar de que el conocimiento sea incompleto.

        Sin embargo, en las negociaciones comerciales se considera este principio como una barrera al comercio, y sólo se aceptan "las evidencias científicas concluyentes, seguras y consensuadas" como base para la política comercial.

        Rara vez, la ciencia es completamente concluyente y cada consenso científico se vuelve obsoleto con el próximo paso innovador. Por tanto, exigir que los estados cumplan sus obligaciones con los ciudadanos y el medio ambiente, sólo en situaciones patentes que rara vez (o nunca) ocurren, significa quitarle el poder a los estados y privar a los ciudadanos y al ambiente de los medios para una protección efectiva.

b.3) Principio de Responsabilidad

        Es el principio de "quien contamina, paga", que propugna que los que causan un daño paguen su reparación.

        En una era de interacciones globales, y cuando largas distancias separan a los violadores de las víctimas, este principio cobra más importancia. De hecho, la creciente separación de causa y efecto en el espacio y en el tiempo es un verdadero desafío para que las innovaciones aseguren la justicia y reparación para las víctimas.

        Se necesitará mucha voluntad política y creatividad legal, si lo que se quiere es establecer acuerdos internacionales legalmente vinculantes sobre una estricta responsabilidad civil ambiental. De intentarlo, se podría vincular este principio al Principio de Precaución, con la obligación de adquirir un seguro que cubra los riesgos ambientales.

        Un mecanismo tal para poner precios a los riesgos, proporciona incentivos económicos para prevenir el daño ambiental.

        Existen aproximadamente 100 millones de empresas en el mundo, y al menos 10.000 de ellas son grandes empresas que tienen un impacto desproporcionado sobre las sociedades. Mientras los intereses empresariales de corto y largo plazo sean divergentes de los intereses públicos, ninguna reforma, regulación, ni cumbre mundial cambiará el status quo.

        Para terminar con las contradicciones, se necesitarían instrumentos para asegurar que el pensamiento de corto y el de largo plazo lleguen a convergir naturalmente.

        Una serie de reformas financieras con orientación ambiental, implementadas a nivel nacional pero coordinadas internacionalmente, podría motivar a las empresas y a los consumidores a emprender un camino hacia una mayor sustentabilidad.

c) Acabar con los subsidios perversos

        La destrucción del medio ambiente es apoyada con considerable cantidad de fondos públicos. Los gobiernos otorgan muchos subsidios directos e indirectos a la economía petrolera y de gas, a la agricultura industrial, al transporte y a la explotación pesquera y forestal. Estos subsidios se estiman entre 800.000 millones $ y 1 trillón $ anuales a nivel mundial.

        Acabar con tales subsidios ahorraría más de 650 millones $ anualmente, que es lo que la Agenda 21 estima como el costo necesario para movilizar a las sociedades hacia la sustentabilidad. Al eliminar tales subsidios, ya no se marginaría la producción limpia, la agricultura sustentable o las prácticas artesanales.

        Los subsidios dañinos funcionan como desinversiones, dejando el medio ambiente y la economía en peor estado que si el subsidio nunca hubiera sido otorgado.

        Los subsidios aumentan los costos de los gobiernos y también los déficits que, a su vez, conllevan la subida de los impuestos y desplazan el capital de los mercados que lo necesitan.

        Los subsidios confunden a los inversionistas al enviar señales distorsionantes a los mercados, restringen las innovaciones y cambios tecnológicos, incentivan la ineficiencia y el consumo en lugar de la productividad y la conservación.

        Los subsidios suelen ser una poderosa forma de asistencia social empresarial, que beneficia a los ricos y crea desventajas para los pobres.

        La eliminación de los subsidios perversos, que hoy en día otorgan regularmente los gobiernos a las empresas, supondría una gran inversión, gratuita y ahorradora de dinero a favor de los recursos naturales y los ecosistemas. Además, pondría fin a aquellas prácticas dañinas al medio ambiente, que son fomentadas por dichos subsidios.

d) Tasar el uso de recursos naturales

        La base de los impuestos debe cambiarse de aquellos actualmente aplicados al empleo, a otros impuestos vinculados al gasto de recursos, a la contaminación ambiental y al consumo derrochador. La reforma ecológica de los impuestos asegura que los consumidores reciben la información correcta en los precios de los bienes.

        Por ejemplo, un impuesto a la emisión de CO2, por su efecto sobre el precio de la electricidad producida con carbón, haría más competitiva la energía solar fotovoltaica en el mercado nacional e internacional, y así contribuiría a reducir la amenaza del calentamiento global.

        Del mismo modo, si el precio de la madera de los bosques primarios reflejara la pérdida de diversidad biológica que se produce al extraerla, la madera obtenida sustentablemente sería más competitiva en los mercados nacionales e internacionales.

        Así mismo, los consumidores cambiarían su comportamiento si viesen en sus cuentas de electricidad que contaminar la atmósfera con el petróleo que calienta sus hogares es mucho más caro que instalar ventanas con doble vidrio, usar aislantes y energías renovables. Esto es igualmente cierto para los productos forestales, las fibras, los alimentos, el transporte, los materiales químicos reactivos versus los enzimáticos, etc.

        A largo plazo, es más caro degradar la Tierra, que conservarla bien. Sin embargo, todas y cada una de las señales de nuestro sistema de fijación de precios y del mercado bursátil indican lo contrario. El acto de vincular los costos con los precios de una manera justa y no regresiva, buscando proteger a la población de bajos ingresos, contribuiría más a la sustentabilidad empresarial que cualquier otra acción.

        Una economía de costo mínimo (least cost economy) regenerativa crearía sistemas agrícolas, forestales, de transporte, construcción y comunicación con menores impactos sobre el medio ambiente.

        Sin embargo, desde el inicio de la época industrial se ha considerado sólo la mitad de la realidad. Se supone que tenemos un sistema capitalista, pero éste curiosamente sólo otorga valor a un tipo de capital: el humano. También se sigue tratando a los demás recursos renovables y no renovables como bienes gratuitos, sin valor, hasta que son transformados en productos y servicios.

        En un sistema de costo mínimo, los recursos que constituyen el "capital natural" serían valorizados de acuerdo al costo de su reposición. En vez de competir para producir bienes a un precio menor, la competencia estaría basada en producir bienes y servicios con impacto mínimo sobre la integridad de los recursos naturales, y por ende, con menor costo para las actuales y futuras generaciones.

        Los sistemas más eficientes en términos industriales y biológicos son más beneficiosos para las personas que compran los productos, para los que los fabrican, y también para los hábitats de donde se extraen y, por ende, para las generaciones futuras.

        En la medida en que las economías se integran globalmente, la cuestión de los precios y los costos se definen en un escenario internacional. Si no existe una acción internacional coordinada, será difícil que un solo país pueda establecer precios que reflejen el costo ambiental total.

        Como consecuencia, los consumidores comprarán los productos importados a precios artificialmente baratos, debido a que los países de procedencia no incluyeron los costos reales. Además, los países esforzados en estructurar precios, según los costos ambientales, tendrían una desventaja crónica en los mercados internacionales. Por ello, es esencial una acción internacional coordinada.

e) Penalizar el uso de patrimonio común de la humanidad

        Ningún país o empresa puede reivindicar un derecho de propiedad sobre los bienes comunes globales, como la atmósfera, el espacio aéreo, los océanos o los lechos marinos. Estos no pertenecen a nadie y, en consecuencia, pertenecen al patrimonio común de los seres humanos. Es decir, son bienes comunes y mientras éstos no se regulen, el libre acceso prevalece.

        Sin embargo, cuando una comunidad diseña reglas para proteger el bien común de la sobreexplotación, curiosamente el régimen del libre acceso se convierte en un patrimonio común.

        En estos casos, la comunidad internacional debería actuar como un guardián que protege el derecho de todas las generaciones presentes y futuras. Ser guardián implica identificar e implementar reglas para un uso justo y sustentable de los recursos comunes que constituyen el patrimonio natural de la humanidad.

        La ausencia de reglas que cubren este 3º tipo de propiedad (más allá de la propiedad individual y pública) es una de las principales causas del mal camino tomado por el capitalismo.

        Hasta ahora, el capitalismo ha sobrevivido acumulando los insumos no pagados, lo que es semejante a un parásito que vive de su anfitrión. Para revertir esta situación, se necesita una nueva generación de instrumentos, tales como el pago por el uso de los bienes comunes. Los pagos por el uso protegen los bienes comunes al aumentar su precio y exigen que estos se utilicen bien y se generen recursos para reponerlos o conservarlos.

        Con respecto a la atmósfera, es obvio que cualquier individuo o comunidad disfruta del derecho de uso, debido a su mera existencia. Sin embargo, este derecho sólo existe mientras el bien común se pueda regenerar. Más allá de ese nivel de sustentabilidad, se debe exigir el pago por el derecho de uso a determinados países que se exceden, pero sólo con el consentimiento de todos los demás países, aprobado por medio en acuerdos internacionales.

        La asignación de niveles permitidos de emisión en el Protocolo de Kyoto es un paso en esta dirección. Bajo un esquema de comercio, los derechos de emisiones serán intercambiados entre los sobre usuarios de los países industrializados y los subusuarios de los países en desarrollo, si es que a éstos les conviene venderlas.

        Sin embargo, bajo un sistema de licencias no se otorgan derechos de uso a los subusuarios, porque no se puede dividir un bien común en partes de propiedad individuales. En cambio, hay licencias temporales al sobreuso a disposición para los países que sobrepasan los límites de emisiones permitidos. Estas licencias también deben vincularse a una tarifa, cuyo monto puede fijarse en base a la demanda de estos permisos. El objetivo es acercarse, sea a través de un sistema de comercio o de uno de licencias, a un acceso más equitativo a los bienes comunes.

        Por otro lado, el espacio aéreo global se utiliza como medio de transporte, siendo la aviación una creciente fuente de gases de invernadero, lo cual no está incluido en los compromisos de reducción del Protocolo de Kyoto. Para compensar el uso y la contaminación de un bien común es justo y necesario cobrar por el uso del espacio aéreo, debido a las emisiones aeronáuticas.

        Según el Consejo Asesor Alemán para el Cambio Global (WBGU 2002), los costos que serían necesarios para evitar los gases de invernadero de la aviación sumarínn entre 3.000 y 30.000 millones $ anuales.

        Esto significa que las ganancias por cobros de emisión generarían unos 3.000 millones $ desde el inicio. Esto significa 30 veces el presupuesto anual del Programa para el Medio Ambiente de la ONU. Dicho precio ayudaría a reducir la demanda de viajes en avión, al incorporar parte del costo del daño ambiental al precio de un pasaje.

        Esto no sólo es justo para quienes no acceden a este transporte, sino también es un incentivo para avanzar hacia una mayor eficiencia en los motores, en los aviones y los trayectos. Los fondos generados se podrían utilizar mayormente para mitigar los impactos sobre el clima (por ejemplo, para financiar la Agencia Internacional para Energías Renovables, o para otras agencias activadas a nivel internacional en el combate contra el cambio climático).

        Finalmente, el uso del espacio marítimo para el transporte es otro ejemplo clásico de un bien común de libre acceso. Aunque el transporte oceánico no es problemático desde la perspectiva ambiental, la contaminación marina y del aire son considerables.

        Por esta razón, se debería cobrar una tarifa anual a los barcos, con rebajas a favor de la eficiencia energética y la tecnología limpia y segura, sin importar la nación o sede de la compañía. Como la mayor parte del transporte oceánico tiene su origen en los países industrializados. La OECD podría dar un ejemplo y tomar la iniciativa.

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