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Intervención Marina Organización
Marítima Internacional La geoingeniería marina se refiere a los intentos de manipular el océano para contrarrestar los efectos del cambio climático mediante la eliminación del CO2 de la atmósfera, a través de intervenciones deliberadas en el océano que incluyen: -la estimulación de la floración del plancton,
El
Convenio de Londres-1972 y el Protocolo de Londres-1996 son los
dos principales tratados internacionales de aplicación mundial marina. Ambos abordan la
protección del medio marino de la contaminación causada por el vertido de
residuos, y a escala internacional proporcionan la única
gobernanza explícita de la geoingeniería marina. a)
La geoingeniería
marina
La
geoingeniería marina se define en el Protocolo de Londres como "una
intervención deliberada en el medio marino para contrarrestar el cambio climático antropogénico y/o
sus efectos nocivos, especialmente
cuando esos efectos pueden ser generalizados, duraderos o graves". Se han utilizado muchos otros términos para referirse colectivamente a las técnicas de geoingeniería marina, como ingeniería climática, geoingeniería relacionada con el clima, intervención climática y remediación climática. Las técnicas de geoingeniería marina propuestas suelen dividirse en dos grupos: -las destinadas a
eliminar CO2 de la
atmósfera de los mares (CDR), La emisión 0 de gases de efecto invernadero se ha convertido en una piedra angular de la política climática, y abre la puerta a complementar las reducciones de emisiones urgentemente necesarias con la eliminación activa de CO2 de la atmósfera. Dado que el océano ya desempeña un papel clave en la regulación del clima mundial, al absorber 1/4 de las emisiones actuales de CO2, las técnicas de geoingeniería marina están ganando cada vez más atención, con la idea de aumentar aún más la capacidad del océano para eliminar CO2 de la atmósfera y mitigar así el cambio climático. b)
Técnicas de geoingeniería marina En 2019 el GESAMP publicó su informe High Level Review of a Wide Range of Proposed Marine Geoengineering Techniques (Grupo de Trabajo 41, o GT-41), que proporciona una revisión de alto nivel respecto a las 27 técnicas de geoingeniería marina propuestas. La mayoría de estas 27 técnicas entran dentro de las estrategias de eliminación de CO2 (CDR), mientras que otras abordan efectos indirectos como el debilitamiento de los huracanes o el aprovechamiento de la conversión de la energía térmica oceánica (OTEC).
El informe evalúa los métodos de captura y destrucción de
CH4, por
su potencial para cumplir los objetivos climáticos. El informe aboga por el rápido
desarrollo de marcos internacionales de gobernanza y evaluación de riesgos que
reflejen el enfoque de precaución del Protocolo de Londres.
El
informe subraya que son esenciales una cooperación internacional sólida y una
investigación científica exhaustiva, y que cada técnica debe someterse a una
evaluación holística de riesgos y beneficios para comprender sus repercusiones
ecológicas y sociales, antes de cualquier despliegue a gran escala. El GESAMP está elaborando un marco de evaluación integrada. Este marco es esencial para promover una transición hacia una evaluación más holística que incluya dimensiones sociales, políticas, económicas, ecológicas, éticas y sociales. b.1)
Eliminación
marina del CO2
Entre
las técnicas propuestas para reducir y retener el CO2
potenciando la bomba biológica de carbono de los océanos, o aumentando el
sumidero químico de carbono, cabe citar las siguientes:
1ª
Fertilización
de los océanos. Consiste en añadir hierro u otros micro-nutrientes (como nitrógeno o
fósforo)
al océano, para estimular la floración del fitoplancton que absorbe CO2
de la atmósfera. Esto aumenta el secuestro de carbono a través de
la bomba biológica y, potencialmente, la eliminación de dióxido de carbono.
2ª
Hundimiento
de biomasa. Consiste en el cultivo de macroalgas, o
recogida de macroalgas flotantes en el océano (por ejemplo, especies de sargassum) o residuos de cultivos y hundimiento en las profundidades oceánicas
para eliminar CO2.
3ª
Afloramiento
artificial. Se trata de un proceso por el que se llevan a la superficie aguas ricas en
nutrientes desde las profundidades del océano para estimular la actividad biológica,
como el crecimiento del fitoplancton, y secuestrar CO2 atmosférico.
4ª
Aumento
de la alcalinidad oceánica. Consiste en la disolución de materiales alcalinos (por ejemplo,
encalado oceánico, o adición de polvo de roca alcalina) mediante métodos
electroquímicos, para potenciar la absorción natural de CO2
del agua de mar. b.2)
Gestión
de la radiación solar
Los
métodos propuestos para reflejar la luz solar para enfriar el planeta pueden
incluir:
1º Aclaramiento
de nubes marinas. Consiste en la inyección de sal marina fina u otras partículas en nubes
poco profundas para aclararlas, aumentando su reflectividad y reduciendo la
cantidad de calor absorbido por el agua que hay debajo; 2º Aumento del albedo oceánico. Consiste en aumentar la reflectividad, o albedo, de la superficie del océano para reflejar la luz solar hacia el espacio y reducir el calentamiento, lo que puede incluir los siguientes tipos: microburbujas, espumas, hielo, floraciones de algas reflectantes y otros materiales reflectantes. c)
Regulación de la geoingeniería marina A nivel internacional, el Convenio de Londres (LC) y el Protocolo de Londres (LP) son los únicos que regulan explícitamente la geoingeniería marina. El LC y el LP regulan las actividades de geoingeniería marina, como la fertilización de los océanos, que podrían tener efectos a gran escala y potencialmente duraderos en el medio ambiente marítimo. Este enfoque de precaución contribuye a garantizar que esas intervenciones se evalúen y gestionen cuidadosamente para proteger la salud de los océanos y la biodiversidad. Los estados o partes interesadas del LC y LP han manifestado su determinación de garantizar que la protección del medio marino sea prioritaria a la hora de considerar medidas de mitigación del cambio climático basadas en los océanos.
En
2008, las partes del LC y LP adoptaron la resolución
LC/LP-1-2008, en la que se
decide que no deben permitirse las actividades de fertilización de los océanos
que no sean de investigación científica legítima.
En
2010, las partes adoptaron la resolución
LC/LP-2-2010, un "marco de evaluación
de la investigación científica sobre la fertilización de los océanos" (OFAF),
que proponía que los proyectos de investigación se evaluaran para determinar
si cumplían los requisitos para ser considerados investigación científica legítima.
En
2013, las partes adoptaron la resolución
LC/LP-4-2013, que modifica el LP y
prohíbe todas las actividades de "geoingeniería marina", con excepción
de las enumeradas en el anexo 4 y consideradas "investigación científica
legítima" según un marco de evaluación presentado en el anexo 5. Esta enmienda creará un régimen jurídicamente vinculante que
proporcionará un mecanismo de regulación y control de la geoingeniería marina
basado en la ciencia, global, transparente y eficaz. En 2025, la XLVII Reunión Consultiva del Convenio de Londres (LC-47) y la XX Reunión del Protocolo de Londres (LP-20) prosiguieron los debates sobre geoingeniería marina, basándose en las discusiones iniciadas en anteriores reuniones del LP-PC, y haciendo hincapié en que la protección del medio marino debe seguir siendo fundamental en las medidas basadas en los océanos para hacer frente al cambio climático. Actualmente, la fertilización de los océanos es la única actividad de geoingeniería marina incluida en el nuevo anexo 4. Sin embargo, se están estudiando otras técnicas. Sin embargo, otras técnicas están siendo consideradas por las partes del LC-LP. c.1) Elementos claves
1º
Prohibición
de la fertilización oceánica. La resolución LP-4.4 prohíbe toda
fertilización a gran escala, permitiendo únicamente la investigación científica
de buena fe sujeta a una rigurosa evaluación de riesgos.
2º
Listado
de técnicas autorizadas. La resolución LP-4.8) creó una
"lista positiva" (anexo 4) de métodos de geoingeniería. Solo se podrá
proceder con aquellos que se haya demostrado que son seguros.
3º
Evaluaciones
de riesgos medioambientales. El anexo 5 ordena un marco estandarizado de evaluación
y gestión de riesgos; los grupos científicos LC-LP desarrollan y revisan estas
directrices.
4º Sistema
de permisos. El art. 6.2 exige que cada parte expida un permiso nacional
que obligue a los operadores a supervisar, informar y adoptar medidas de
contingencia bajo la supervisión de la OMI. d)
Preocupaciones en torno a la geoingeniería marina Las técnicas de geoingeniería marina propuestas, que implican una manipulación deliberada a gran escala del medio ambiente, suscitan importantes preocupaciones medioambientales y éticas. La revisión de alto nivel del GESAMP de 2019 destaca las siguientes preocupaciones. d.1) Alteración del ecosistema
1ª
Efectos
tróficos no deseados. La adición de nutrientes (por ejemplo, para la
fertilización de los océanos) puede desencadenar la proliferación de algas
nocivas, el agotamiento del oxígeno o cambios en la composición de las
especies.
2ª
Desequilibrios
químicos. Técnicas como el aumento de la alcalinidad pueden alterar el pH
local, el ciclo de los metales traza o la química de los carbonatos de forma
que se produzcan efectos en cascada a través de las redes tróficas marinas.
3ª Retroalimentación
meteorológica y climática. La gestión de la radiación solar (por ejemplo, el
aumento del brillo de las nubes marinas) podría modificar las precipitaciones
regionales, las pautas de las tormentas o la circulación oceánica, con
repercusiones en el medio ambiente. d.2) Riesgos para la biodiversidad
1ª
Pérdida
de hábitats. Los cambios en la penetración de la luz o en los regímenes de
nutrientes pueden degradar hábitats críticos (arrecifes de coral, praderas
marinas).
2ª
Especies
invasoras. La alteración de las condiciones puede favorecer a las especies
oportunistas o alóctonas, reduciendo la diversidad autóctona. d.3) Permanencia y reversibilidad
1ª
Efectos
de bloqueo. Algunas intervenciones (por ejemplo, la inyección submarina de CO2)
son irreversibles a escala humana. Cualquier fuga o fallo imprevisto podría ser
imposible de remediar.
2ª
Supervisión
a largo plazo. Para garantizar que el CO2
almacenado permanezca secuestrado o que no se acumulen partículas que empañen
las nubes, se requiere una supervisión de varias décadas (o más). d.4) Preocupaciones éticas y de gobernanza
1ª Reducción
del incentivo. La dependencia de la geoingeniería podría
desviar la atención de recortes de emisiones más profundos, dando una falsa
sensación de seguridad o una mentalidad de "solución rápida".
2ª Impactos
transfronterizos. Las corrientes oceánicas y los efectos climáticos no
respetan las fronteras nacionales. Algunas naciones o comunidades (a menudo en
el sur global) podrían soportar riesgos desproporcionados sin tener voz ni
voto.
3ª
Equidad
intergeneracional. Las decisiones que se tomen hoy pueden comprometer a las
generaciones futuras a gestionar estados oceánicos alterados o cargas de
seguimiento a largo plazo.
4ª
Participación
de las partes interesadas. Las comunidades locales, los pueblos indígenas y las
naciones en desarrollo deben tener una voz significativa en las decisiones que
afectan a los océanos compartidos.
5ª Gobernanza internacional. Los actuales marcos de tratados (UNCLOS)
están orientados a la protección del medio ambiente, pero siguen existiendo
lagunas en torno a los procesos de consentimiento y reparto de beneficios de las
actividades de geoingeniería. d.5) Transparencia y rendición de cuentas
1ª
Opacidad
en la investigación. Los experimentos a pequeña escala en aguas remotas corren
el riesgo de convertirse en una "pendiente resbaladiza" que desemboque
en un despliegue a gran escala sin una divulgación pública clara.
2ª Responsabilidad
y reparación. Si se producen efectos nocivos, determinar quién es el
responsable y cómo reparar los daños medioambientales puede resultar complejo
desde el punto de vista jurídico y práctico. En otras palabras, aunque la geoingeniería marina es prometedora como herramienta complementaria para la mitigación del cambio climático, sus efectos secundarios medioambientales, y sus implicaciones éticas, exigen: -una gobernanza
rigurosa y transparente,
El GESAMP está elaborando un Marco de Evaluación Integrada (MAI) para
evaluar de forma holística las cuestiones científicas y sociales pertinentes
que puedan surgir en torno a las posibles intervenciones en los océanos,
principalmente para mitigar el cambio climático. .
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