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Pregunta 36 sobre la Vida de Pareja

Madrid, 17 mayo 2021
¿Y no puedo elegir yo los fines de mi matrimonio?

           Para contestar a esta pregunta hay que distinguir con claridad distintos supuestos:

           Si los que contraen matrimonio persiguen unos fines distintos a los de la institución matrimonial, pero sin excluir estos últimos, dichos fines y matrimonio son válidos. Pues se presume que el que libremente se casa quiere vivir en matrimonio, aunque sus móviles predominantes puedan ser otros: abandonar la casa paterna, no permanecer solos, compartir el dinero del otro, cumplir una promesa adquirida...

           Por el contrario, si los que contraen matrimonio excluyen expresamente (y en el momento de la boda) alguno de los fines esenciales del matrimonio, éste no habría llegado a producirse. Y los contrayentes, debido a ello, no están casados. Pues sólo el consentimiento personal de querer el matrimonio, con sus fines propios, puede convertir a 2 personas en esposos (UFE-AREFC, nº 36).

CONFERENCIA EPISCOPAL, Delegación de Familia y Vida

 Act: 17/05/21     @tiempo pascual         E D I T O R I A L    M E R C A B A    M U R C I A